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Madrid 360. Restricciones de circulación en Madrid Central.

Para no residentes.

Madrid 360 incluye la creación de varias Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) para mejorar la protección ambiental en 21 regiones. Desde el 1 de enero de 2022 hasta el 2025, todo el territorio del municipio se declarará paulatinamente y de acuerdo al círculo territorial como ZBE.

Con la nueva normativa de movilidad sostenible aprobada el 13 de septiembre de 2021, se han determinado los parámetros legales para la transformación de toda la ciudad en una zona de bajas emisiones, compaginando la prevención de la contaminación con el desarrollo de la actividad económica.

Madrid 360 incluye dos Zonas de Bajas Emisiones Especialmente Protegidas (ZBEDEP), Centro (antes Centro de Madrid) y Plaza Elíptica, donde la contaminación es más visible

Con esta normativa, el Ayuntamiento de Madrid pretende ofrecer igual protección a los ciudadanos de toda la ciudad, definir el ámbito territorial de su aplicación progresiva y ofrecer siempre alternativas adaptadas a los cambios (fomento del transporte público y la micro-movilidad, líneas de autobús gratuitas…).

¿Quién puede entrar en Madrid Central? 

1. Vehículos con etiquetas B y C: Aparcando siempre en parkings públicos o garajes privados
2. Taxis y VTCs con etiquetas B y C, ECO o CERO: En el caso de B y C únicamente con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro
3. Vehículos de residentes sin importar la etiqueta (hasta 2025)
4. Vehículos de empresas y autónomos e invitados (hasta 2025): Imprescindible que la actividad se ejerza en el interior del Distrito Centro o en los mercadillos municipales situados en dicha ZBEDEP. 
5. Vehículos de trabajadores de establecimientos del interior de la ZBEDEP con horario nocturno, comprendido entre las 00:00 y las 06:30
6. Vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida, siempre que cuenten con la tarjeta de estacionamiento específica (a partir de 2025 deben de estar adaptados)
7. Vehículos destinados a dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria (estos últimos cuando las necesidades lo requieran). A partir de 2025 deben contar con etiqueta de la DGT para poder ejercer esta función)
8. Vehículos que accedan a los talleres de reparación ubicados en la ZBEDEP: Cada taller contará con un total de 4 permisos diarios por cada una de las autorizaciones de estacionamiento del SER en vigor que disponga el taller. Sólo podrás acceder si dispones de etiqueta de la DGT. 
9. Vehículos de autoescuelas con etiquetas C, ECO y CERO
10. Vehículos de los servicios públicos o contratistas de servicio de limpieza: Policía, Agentes de Movilidad, Fuerzas Armadas, ambulancias, bomberos, protección civil, grúas, cuerpos diplomáticos, municipales, servicio madrileño de salud, recogida de residuos, mantenimiento y otros servicios municipales.
11. Vehículos de carsharing y motosharing

Calles limítrofes de Madrid Central

Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España, Calle Princesa y Calle Serrano Jover.  

Circulación según pegatina

Pegatina A o sin pegatina

Los vehículos sin pegatina de la DGT que no sean residentes tendrán prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, pero excluyendo la propia M-30 a partir del 1 de Enero de 2022. 

  • 1 Enero 2022: Prohibido circular dentro de la M30.
  • 1 Enero 2023: Prohibido circular por la M30.
  • 1 Enero 2024: Prohibido circular en todo el término municipal de Madrid.
  • 1 Enero 2025: Prohibido circular en todo el término municipal

Pegatina B y C

Los vehículos con estas etiquetas no podrán circular salvo que vayan a estacionar en cualquier parking público o privado de la zona de Madrid Central.

Pegatina Eco y Cero

Los vehículos con estas pegatinas podrán circular y estacionar en parking y SER (la etiqueta ECO sólo podrá estacionar en zona SER un máximo de 2 horas. Después, tendrán que estacionar en un parking habilitado para Madrid Central o aparcamiento privado).

El horario de funcionamiento de Madrid Central es de 7:00 de la mañana a 22:00 de la noche. 

Durante el horario de Madrid Central, los vehículos con pegatina CERO pueden circular libremente y estacionar sin restricción horaria. Los pegatina ECO podrán entrar y aparcar en la zona SER un máximo de 2 horas. Las pegatinas C y B sólo podrán acceder cuando vayan a hacer uso de un aparcamiento de uso público o garaje privado. 


Hay que tener en cuenta que esta información esta enfocada para no residentes. Recomendamos visitar la web del Ayuntamiento de Madrid para más información al respecto.

Estas son las 148 cuidades, que empezaran a limitar su circulación (en las Zonas de Bajas Emisiones) para este 2023.

Cuidades españolasnque requeriran la pegatina medio ambiental para este 2023.

A finales de enero de 2020, el gobierno anunció la Declaración de Preparación Pre-Clima y Medioambiental de España, comprometiéndose con 30 líneas de actuación prioritarias, 5 de ellas en los primeros 100 días, para hacer frente al cambio climático con políticas horizontales.

Una de las 30 medidas de la próxima legislación climática marcadas como prioritarias (pero no incluidas en las 5 medidas a aprobar en los primeros 100 días de gobierno) es la introducción de medidas que habiliten ciudades de más de 50.000 habitantes de forma inmediata a crear Zonas de Bajas Emisiones que limitarán efectivamente la circulación de vehículos contaminantes en determinados momentos y en determinados lugares a modo de «Madrid central».

Actualmente, según el censo de 2019, 148 municipios de España con más de 50.000 habitantes se acogen a esta medida.

  • 1. Madrid 3 266 126 
  • 2 Barcelona 1 636 762
  • 3 Valencia 794 288
  • 4 Sevilla 688 592 
  • 5 Zaragoza 674 997
  • 6 Málaga 574 654
  • 7 Murcia 453 258
  • 8 Palma de Mallorca 416 065 
  • 9 Las Palmas de Gran Canaria 379 925 
  • 10 Bilbao 346 843
  • 11 Alicante 334 887 
  • 12 Córdoba 325 701
  • 13 Valladolid 298 412
  • 14 Vigo 295 364
  • 15 Gijón 271 780
  • 16 Hospitalet de Llobregat 264 923
  • 17 Vitoria 251 774 
  • 18 La Coruña 245 711 
  • 19 Elche 232 517 
  • 20 Granada 232 462 
  • 21 Tarrasa 220 556 
  • 22 Badalona 220 440 
  • 23 Oviedo 219 686 
  • 24 Cartagena 214 802 
  • 25 Sabadell 213 644 
  • 26 Jerez de la Frontera 212 749 
  • 27 Móstoles 209 184 
  • 28 Santa Cruz de Tenerife 207 312
  • 29 Pamplona 201 653
  • 30 Almería 198 533
  • 31 Alcalá de Henares 195 649
  • 32 Fuenlabrada 193 700
  • 33 Leganés 189 861
  • 34 San Sebastián 187 415
  • 35 Getafe 183 374
  • 36 Burgos 175 821
  • 37 Albacete 173 329
  • 38 Santander 172 539
  • 39 Castellón de la Plana 171 728
  • 40 Alcorcón 170 514
  • 41 San Cristóbal de La Laguna 157 503
  • 42 Logroño 151 136
  • 43 Badajoz 150 702
  • 44 Salamanca 144 228
  • 45 Huelva 143 663
  • 46 Marbella 143 386
  • 47 Lérida 138 956
  • 48 Tarragona 134 515
  • 49 Dos Hermanas 133 968S
  • 50 Torrejón de Ardoz 131 376
  • 51 Parla 130 124
  • 52 Mataró 128 265
  • 53 León 124 303
  • 54 Algeciras 121 957
  • 55 Santa Coloma de Gramanet 119 215
  • 56 Alcobendas 117 040
  • 57 Cádiz 116 027
  • 58 Jaén 112 999
  • 59 Orense 105 233
  • 60 Reus 104 373
  • 61 Telde 102 647
  • 62 Gerona 101 852
  • 63 Baracaldo 100 881
  • 64 Lugo 98 276
  • 65 Santiago de Compostela 97 260
  • 66 Roquetas de Mar 96 800
  • 67 Cáceres 96 126
  • 68 Las Rozas de Madrid 95 814
  • 69 San Fernando 94 979
  • 70 Lorca 94 404
  • 71 San Cugat del Vallés 91 006
  • 72 San Sebastián de los Reyes 89 276
  • 73 Cornellá de Llobregat 88 592
  • 74 El Puerto de Santa María 88 405
  • 75 Rivas-Vaciamadrid 88 150
  • 76 Melilla 86 487
  • 77 Pozuelo de Alarcón 86 422
  • 78 Guadalajara 85 871 
  • 79 Toledo 84 873 
  • 80 Ceuta 84 777
  • 81 Chiclana de la Frontera 84 489 
  • 82 San Baudilio de Llobregat 83 605 
  • 83 El Ejido 83 594 
  • 84 Talavera de la Reina 83 417 
  • 85 Torrevieja 83 337 
  • 86 Pontevedra 83 029 
  • 87 Mijas 82 742 
  • 88 Torrent 82 208 
  • 89 Coslada 81 661
  • 90 Vélez-Málaga 81 643
  • 91 Arona 81 216
  • 92 Fuengirola 80 309
  • 93 Palencia 78 412
  • 94 Avilés 78 182
  • 95 Getxo 77 946
  • 96 Manresa 77 714
  • 97 Rubí 77 464
  • 98 Orihuela 77 414
  • 99 Valdemoro 75 983 
  • 100 Alcalá de Guadaíra 75 279 
  • 101 Ciudad Real 74 746 
  • 102 Gandía 74 562 
  • 103 Santa Lucía de Tirajana 73 328 
  • 104 Molina de Segura 71 890
  • 105 Majadahonda 71 826 
  • 106 Paterna 70 195 
  • 107 Benidorm 68 721
  • 108 Sanlúcar de Barrameda 68 684
  • 109 Torremolinos 68 661
  • 110 Estepona 68 286
  • 111 Benalmádena 68 128
  • 112 Villanueva y Geltrú 67 086
  • 113 Casteldefels 67 004
  • 114 Viladecans 66 611
  • 115 Sagunto 66 140
  • 116 Ferrol 66 065
  • 117 Ponferrada 64 674
  • 118 El Prat de Llobregat 64 599
  • 119 Collado Villalba 63 679
  • 120 La Línea de la Concepción 63 147
  • 121 Arrecife 62 988
  • 122 Irún 62 401
  • 123 Zamora 61 406
  • 124 Granollers 61 275
  • 125 Aranjuez 59 607
  • 126 Mérida 59 335
  • 127 Alcoy 58 994
  • 128 San Vicente del Raspeig 58 385
  • 129 Motril 58 020
  • 130 Ávila 57 744 
  • 131 Linares 57 414 
  • 132 Sardañola del Vallés 57 403 
  • 133 Arganda del Rey 55 389 
  • 134 Cuenca 54 690 
  • 135 Boadilla del Monte 54 570 
  • 136 San Bartolomé de Tirajana 53 443 
  • 137 Huesca 53 132 
  • 138 Elda 52 618 
  • 139 Pinto 52 526 
  • 140 Segovia 51 674 
  • 141 Siero 51 667 
  • 142 Torrelavega 51 494 
  • 143 Mollet del Vallés 51 318 
  • 144 Villarreal 50 893 
  • 145 Colmenar Viejo 50 752 
  • 146 Utrera 50 728 
  • 147 Calviá 50 559 
  • 148 Granadilla de Abona 50 146 
  • Estas cuidades no son las únicas. Existen decenas de cuidades que han solicitado autorización para establecer zonas de tránsito restringido sin llegar a los 50.000 habitantes

El día 1 de enero de 2022 el distintivo ambiental será obligatorio para poder aparcar en el centro de Gijón


A partir del 1 de enero de 2021, los vehículos sin distintivo ambiental no podrán utilizar las plazas de las áreas de estacionamiento regulado de Gijón.

Así lo recoge la última versión del borrador de la ordenanza de movilidad, norma que la junta de gobierno prevé aprobar la próxima semana, pero cuya redacción final precisará del visto bueno del Pleno.

Las limitaciones a los vehículos más contaminantes son una de las principales cuestiones que aborda el texto, junto a otras como la reducción general de las velocidades permitidas, la regulación de los nuevos modelos de movilidad y la reordenación del aparcamiento en superficie con la creación de distintos tipos de plazas.


En las que tengan más de un carril por sentido también uno de ellos podrá limitarse a 30. Y donde exista plataforma única de calzada y acera no se podrán sobrepasar los 20 kilómetros por hora. La actual velocidad de 50 kilómetros por hora quedará limitado a los ejes principales del trazado urbano.


En las de color azul podrán seguir aparcando como hasta ahora residentes y usuarios en rotación. Las verdes también serán de uso mixto, aunque una vez agotado el tiempo máximo de uso que fije la junta de gobierno los no residentes no podrán volver a estacionar en la misma zona. Las zonas naranjas serán de uso exclusivo para residentes. Y finalmente las habrá de color rojo solo para rotación y concebidas «para ser utilizadas por un periodo breve de tiempo».

Desde el 1 de enero de 2022:

NO podrán estacionar en la zona O.R.A. los vehículos SIN distintivo ambiental, excepto:

1. Residentes en su zona O.R.A. que si podrán estacionar aún careciendo su vehículo de etiqueta ambiental, hasta el 31 de diciembre de 2025.


2. Vehículos comerciales e industriales que dispongan de autorización de estacionamiento en zona O.R.A., hasta el 31 de diciembre de 2022. 


3. Vehículos que acrediten disponer de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (PMR).


4. Los que tengan la consideración de vehículos históricos.

Preguntas y respuestas sobre la baliza de emergencia V16 homologada por la DGT

¿Sustituye a los triángulos?

Por el momento no. Desde al entrada en vigor del Real Decreto que regula el uso de estas luces de destellos, los dos sistemas convivirán hasta el año 2024. Por tanto, durante este tiempo, podremos usar la baliza de aviso luminoso, el triángulo reflectante o los dos a la vez.

¿Es obligatoria?

Aún no. La aprobación de su uso está prevista en 2021 y como hemos comentado, los triángulos pueden seguir usándose en sustitución de esta luz hasta 2024.

¿Me compro ya la luz flash?

Sin duda alguna. En el momento en que entre en vigor el reglamento y todos los medios se hagan eco de ello, la demanda crecerá y cómo no los precios subirán.

¿Me vale cualquier luz que emita destellos?

El tipo de luz, intensidad, modo de uso, duración de las baterías y varias características más están regulados en la norma, por lo que si te vas a comprar una luz de emergencia V16 asegúrate de que está homologada por la DGT.

¿Donde se coloca el dispositivo luminoso de seguridad?

Estos dispositivos incorporan en su base unos imanes que permiten fijarlos fácilmente a la carrocería de nuestro vehículo. Dependiendo de la posición en que quede nuestro vehículo deberemos colocar la luz de destellos en la zona que permite un mayor alcance de visión.

En cualquier caso, en situaciones normales donde nos quedemos parados en un arcén, deberemos colocar el dispositivo en el techo del coche abriendo la ventanilla y sacando el brazo sin bajarnos del vehículo.

¿Sirven para otros vehículos?

Claro que sí. Es un elemento pequeño y ligero, por lo que te resultará igual de eficaz para tu moto, auto-caravana, tractor o camión. Piensa que en cualquier momento y lugar te puedes quedar bloqueado junto a la carretera y esta baliza luminosa puede ser tu mejor seguro de vida.

Señal V16 de pre señalización de peligro homologada DGT

Las señales luminosas V16, recomendadas y reguladas por la DGT, están destinadas a mejorar la seguridad vial y son un elemento de la señalización de tráfico que debe estar debidamente homologado para garantizar su cumplimiento.
Por lo tanto, es importante aprender a determinar si una luz de señalización V16 está homologada y comprender la importancia de la homologación para proteger la seguridad de otros conductores en caso de emergencia.

¿Por qué la certificación V16?

La homologación de cualquier tipo de producto garantiza la seguridad técnica del dispositivo, además de la seguridad legal intrínseca del mismo, y debe cumplir unos estrictos requisitos que son verificados formalmente por los laboratorios acreditados que homologan los productos bajo certificación oficial.

En el caso de los semáforos V16, se deberán cumplir los mínimos y máximos establecidos por las normas oficiales que los definen, la Ordenanza General de Vehículos y las instrucciones de la DGT.

Reconocimiento de las señales V16 homologadas

En el mercado, sobre todo cuando los dispositivos están validados para uso general, se pueden encontrar productos que no están homologados y que se fabrican estrictamente según las normas comerciales. El uso de estos productos puede afectar a la seguridad del usuario y de los demás conductores. Antes de adquirir una señal V16, debe asegurarse de que la señal está debidamente aprobada.

Una señal luminosa V16 aprobada debe mostrar su código de homologación en un lugar fácilmente visible para el usuario y debe estar debidamente documentada si es necesario.

Elige la mejor luz LED de emergencia V16

Mejor comprar online

En cualquier caso, nosotros te recomendamos la compra online en pegatinas-DGT, obtendrás tu luz V16 en unos días en tu domicilio.

Precio baliza o señal de emergencia para coche ¿Cuanto vale?

Pues muy poco para la gran función que realiza. Actualmente podrás adquirir la baliza de emergencia si has sido cliente de Pegatina-DGT por 19,95€, 21,90€ para nuevos clientes o podrás adquirirla junto con tu pegatina ambiental por 24,90€.

Gastos de manipulación y envíos incluidos.

La DGT prepara cambios en las pegatinas ambientales

Las etiquetas medioambientales son ya parte de nuestro día a día cuando hablamos de nuestros coches o motos.

Estos distintivos permiten, tanto de manera visual como de manera administrativa, clasificar los diferentes vehículos que circulan por nuestras carreteras en función de su potencial contaminante, como a las fuentes de energía que utilizan para desplazarse.

Actualmente están divididos en 5 grupos:

Sin derecho a distintivo. Todos los vehículos que no cumplen al menos con la norma EURO 3 en gasolina y EURO 4 en diésel.

Los vehículos B son los diésel con normativa Euro 4 y Euro 5 o gasolina Euro 3, mientras que los vehículos con etiqueta C son los diésel con norma Euro 6 y todos los gasolina con normativa Euro 5 y Euro 6.

Los vehículos ECO son aquellos que utilizan una fuente de propulsión limpia (eléctrica o gas) además de combustibles. Micro híbridos, híbridos convencionales o enchufable con menos de 40 km de autonomía.

La etiqueta CERO se reserva para los vehículos híbridos enchufables con una autonomía eléctrica superior a los 40 kilómetros, así como para los vehículos que no emiten ningún tipo de gas contaminante durante su uso.

Los cambios en las etiquetas de la DGT

Poco más se sabe acerca del tema, pero tras la información que hemos podido averiguar en estos últimos días se puede deducir que las pegatinas Cero serán coto exclusivo de los coches eléctricos, quedándose fuera los híbridos enchufables. Las Eco, por su parte, seguirán englobando a los híbridos, aunque queda por ver qué sucederá con los micro híbridos.

La mayor parte de las dudas se centran en las etiqueta B y C, sin que la DGT haya aclarado nada al respecto.

La creación de una pegatina con la clasificación “D” con aquellos vehículos que no cumplirán con las noemas anteriores y que actualmente no tenían que portar ninguna pegatina.

Multas

La multa por no portar la etiqueta, no llevarla en parte visible o por usar una que no es adecuadas seguirá siendo seguirá multando con hasta 100 euros.

Tu Móvil es la “nueva documentación”

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha lanzado una nueva aplicación móvil llamada “miDGT”, una herramienta innovadora que permite a los usuarios acceder a información detallada tanto del conductor como del vehículo. Esta app busca facilitar la gestión de documentos y datos relacionados con la conducción, ofreciendo una alternativa digital a los tradicionales papeles físicos.

En la sección dedicada al conductor, los usuarios pueden consultar el número de puntos disponibles en su carnet de conducir y visualizar su permiso de forma integral, lo que elimina la necesidad de llevarlo físicamente. Por otro lado, en el apartado del vehículo, la app proporciona información más detallada, como el permiso de circulación, la ficha técnica (disponible únicamente para vehículos matriculados a partir de noviembre de 2016) y la categoría ambiental del vehículo. Además, incluye datos sobre la ITV, con notificaciones que avisan cuando está a punto de caducar, la entidad aseguradora y los datos del titular del vehículo.

Sin embargo, es importante destacar que, aunque la app muestra información como la clasificación ambiental y la ITV, los conductores deben seguir portando las pegatinas correspondientes en el parabrisas de su vehículo, ya que estas siguen siendo obligatorias.

Nuestra experiencia con la app “miDGT”

Desde Pegatinas-DGT, hemos probado la aplicación y, aunque consideramos que es una iniciativa prometedora, nuestra experiencia no ha sido del todo satisfactoria. Si bien la idea de digitalizar documentos y facilitar el acceso a la información es excelente, la ejecución de la app deja mucho que desear en términos de experiencia de usuario.

En primer lugar, la app parece más un desarrollo pensado para una web que para un dispositivo móvil. No se ha priorizado la usabilidad ni la navegación intuitiva, lo que resulta en una experiencia poco fluida. Durante nuestras pruebas, nos encontramos con varios problemas técnicos, como formularios que no funcionaban correctamente, acciones bloqueadas, errores de Java y cierres inesperados de la aplicación. Estos fallos dificultan el uso de la app y generan frustración en el usuario.

A pesar de estos inconvenientes, hemos decidido no desinstalar la app por el momento, ya que confiamos en que los desarrolladores trabajarán para corregir estos errores en futuras actualizaciones. Creemos que, con el tiempo, la aplicación mejorará y podrá cumplir con su objetivo de facilitar la vida de los conductores.

Conclusión

En resumen, la app “miDGT” es una buena iniciativa que tiene el potencial de revolucionar la forma en que los conductores gestionan su documentación. Sin embargo, en su estado actual, parece haber sido diseñada por técnicos que no han tenido en cuenta la experiencia de uso, lo que afecta negativamente su funcionalidad. A pesar de ello, estamos convencidos de que, con el tiempo, la app será optimizada y se convertirá en una herramienta indispensable para los conductores. Por ahora, habrá que esperar a que los desarrolladores solucionen los problemas detectados.

Equivalencia de distintivos ambientales en la UE según la normativa actual de la DGT


En Pegatinas-DGT nos centraremos en explicar de forma clara y actual cómo funcionan los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) y cuál es su validez dentro y fuera de España.

📌 ¿Qué es el distintivo ambiental de la DGT?

Los distintivos ambientales de la DGT son unas etiquetas que clasifican los vehículos según sus emisiones contaminantes. Estas clasificaciones se utilizan para implementar políticas de movilidad más sostenible y determinar qué vehículos pueden o no circular en determinadas zonas de bajas emisiones (ZBE) o en episodios de alta contaminación.

Equivalencias entre distintos países de la EU


🚗 ¿Qué pasa con los vehículos con matrícula extranjera?

La normativa actual de la DGT establece lo siguiente:

👉 No es posible expedir distintivos ambientales españoles a vehículos con matrícula extranjera. Sin embargo, esto no impide que puedas circular por España con tu coche extranjero.

La DGT considera que:

  • Si tu vehículo procede de un país de la UE que ya tiene su propio distintivo ambiental (por ejemplo Alemania, Francia, Austria o Dinamarca), ese distintivo se considera equivalente al español para efectos de circulación en España.
  • Dicho de otro modo: no necesitas un distintivo español para circular por España si tu vehículo extranjero ya tiene el suyo.
  • Estas equivalencias no otorgan automáticamente el derecho a la libre circulación en todas las ciudades. Municipios como Palma de Mallorca, Bilbao y otras ciudades con Zona de Bajas Emisiones (ZBE) pueden exigir registro previo, autorización específica o verificación de la clasificación ambiental del vehículo antes de permitir el acceso.
  • Por ello, es fundamental consultar siempre la web oficial del ayuntamiento de la ciudad que piensas visitar, donde se detallan los requisitos actualizados de acceso, posibles registros y condiciones aplicables a vehículos extranjeros.

📍¿Qué significa esta equivalencia?

Dentro de España: Si tu coche extranjero tiene ya un distintivo ambiental válido en su país de origen, las administraciones locales pueden usar las tablas de equivalencia de Tráfico para saber qué categoría DGT le correspondería, y así aplicar las restricciones de ZBE si las hubiera.

Importante: Esto no crea un distintivo físico español para el coche extranjero simplemente se interpreta cuál sería su categoría equivalente para aplicar normas locales.

🛣️ ¿Puedo usar mi distintivo en otros países?

No. La equivalencia que reconoce la DGT solo funciona en España. Si circulas por ciudades de Alemania, Francia o cualquier otro país europeo que tenga zonas restringidas por emisiones (ZBE, Umweltzone, Crit’Air, etc.), deberás cumplir con las reglas y obtener el distintivo o permiso que exija ese país.

¿Qué deben hacer los vehículos extranjeros que no tienen distintivo ambiental equivalente reconocido por la DGT?

Deben consultar directamente la web oficial del ayuntamiento de la ciudad a la que quieran acceder, ya que no existe equivalencia automática. En estos casos, la circulación dependerá de la norma Euro del vehículo y de las condiciones específicas de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que pueden exigir registro previo, comunicación de matrícula o cumplir determinados requisitos de emisiones.

Webs oficiales de los ayuntamientos y portales relevantes donde puedes consultar las restricciones de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)

🔹 Web de Madrid – Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)

🔹 Web de Barcelona – Zonas bajas emisiones (ZBE)

🔹 Web del Ayuntamiento de Valencia

🔹 Web del Ayuntamiento de Sevilla

🔹 Web del Ayuntamiento de Bilbao

🔹 Web del Ayuntamiento de Palma de Mallorca

¿Es obligatorio pegar el distintivo ambiental de la DGT en el parabrisas?

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), la colocación del distintivo ambiental en el vehículo es voluntaria. Sin embargo, en ciudades como Madrid y Barcelona, es obligatorio adherir el distintivo en el parabrisas para cumplir con las normativas municipales. En concreto, debe colocarse en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. En el caso de las motocicletas, el distintivo debe estar ubicado en un lugar visible.

No cumplir con estas normativas puede acarrear sanciones económicas. En Madrid, la multa por no llevar el distintivo ambiental correctamente colocado asciende a 90 €, mientras que en Barcelona la sanción puede llegar a los 100 €. Estas medidas buscan facilitar la identificación de los vehículos según su nivel de emisiones y garantizar el cumplimiento de las restricciones en las zonas de bajas emisiones (ZBE).

Es importante destacar que llevar el distintivo ambiental pegado en el parabrisas no solo es una obligación en ciertas ciudades, sino también una ventaja para los conductores. Si tu vehículo es poco contaminante y no llevas el distintivo visible, los agentes no podrán identificarlo fácilmente, lo que podría impedirte beneficiarte de las ventajas asociadas, como la circulación en episodios de alta contaminación. Además, podrías enfrentarte a sanciones incluso si tu vehículo cumple con los requisitos medioambientales.

Si deseas comprobar la matrícula de tu vehículo para conocer qué distintivo ambiental le corresponde, puedes hacerlo fácilmente con nosotros. Pincha aquí y verifica la categoría ambiental de tu vehículo en pocos pasos. ¡No esperes más y asegura tu movilidad cumpliendo con la normativa!

¿Qué distintivo ambiental tiene mi Coche?

La DGT ha clasificado los vehículos que puedan optar al distintivo ambiental en cuatro categorías diferentes: B (amarilla), C (verde), ECO (verde-azul) y 0 (azul). Para saber ¿Qué distintivo ambiental tiene mi vehículo? pincha aquí.

Distintivo «CERO EMISIONES»

Distintivo DGT tipo 0

Vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV), vehículos eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Aparte de motocicletas y ciclomotores; turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como BEV.

Distintivo «ECO»

Distintivos DGT tipo ECO

Vehículos híbridos enchufables con autonomía mayor de 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).

También turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables.

Vehículos con combustible gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.

Distintivo «C»

Distintivos DGT tipo C

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014.

Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

Distintivo «B»

Distintivos DGT tipo B

Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005.

Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.